Última actualización: 10 de agosto de 2026
Estas condiciones regulan la contratación de los servicios ofrecidos a través de residenciaglobal.com. Su aceptación es requisito previo para formalizar cualquier encargo.
Prestadora: María Emilia Chiossi Navarro, abogada colegiada ejerciente nº 2161 del Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (España). Correo: info@residenciaglobal.com. Teléfono: +34 644 34 23 74 / +598 92 499 669
Cliente: la persona física o jurídica que contrata los servicios, sea en condición de consumidor o de empresario o profesional.
El sitio residenciaglobal.com es titularidad de Urban Zone Group LLC, que actúa como titular de la plataforma y receptora de los cobros, sin ser parte del contrato de servicios ni asumir responsabilidad sobre su ejecución.
Los servicios ofrecidos consisten en análisis, diagnóstico, criterio, estrategia y asesoramiento en materia de movilidad internacional, extranjería y fiscalidad.
Cuando un encargo comprenda además actuaciones de tramitación ante organismos o autoridades, estas tienen carácter instrumental respecto del asesoramiento, se identifican de forma separada en la propuesta y se precian de forma independiente.
El alcance concreto de cada encargo es el que figure en la propuesta aceptada por el Cliente. Ningún contenido publicado en el Sitio constituye oferta vinculante.
La Prestadora se reserva el derecho de no aceptar un encargo, sin necesidad de motivación, singularmente cuando concurra conflicto de intereses o cuando el caso quede fuera de su ámbito de actuación.
Los precios se expresan en la moneda indicada en la propuesta e incluyen siempre la mención expresa de su tratamiento fiscal. En particular:
| Situación del Cliente | Tratamiento |
|---|---|
| Consumidor con utilización efectiva del servicio en España | El precio se incrementa en el Impuesto sobre el Valor Añadido español al tipo vigente, que se desglosa en la propuesta y en el comprobante |
| Empresario o profesional identificado a efectos de IVA en la Unión Europea | Operación sin repercusión de IVA. El impuesto lo declara el Cliente por inversión del sujeto pasivo. Requiere NIF-IVA válido, verificado en el sistema VIES |
| Cliente residente en Uruguay | El precio incluye o desglosa el Impuesto al Valor Agregado uruguayo al tipo vigente |
| Restantes supuestos | El tratamiento fiscal aplicable se indica expresamente en la propuesta |
Para determinar el régimen aplicable, el Cliente debe declarar en el momento de la contratación su país de residencia, su condición (consumidor o empresario o profesional), su NIF-IVA cuando proceda, y el país en que utilizará efectivamente el servicio. La declaración inexacta de estos datos es responsabilidad del Cliente.
Cuando el Cliente se declare empresario o profesional y su número de identificación a efectos de IVA no resulte válido en la verificación, la operación se tratará como efectuada con un consumidor.
El pago se efectúa mediante tarjeta u otros medios habilitados, a través del proveedor de servicios de pago Stripe.
El cobro se recibe materialmente a través de Urban Zone Group LLC, sociedad constituida en el Estado de Florida (Estados Unidos), número de documento L24000288704, que actúa exclusivamente como receptora de pagos por cuenta y orden de la Prestadora, en virtud de mandato otorgado al efecto. Dicha entidad no presta servicios profesionales, no percibe retribución por su intervención y no asume responsabilidad frente al Cliente.
El pago efectuado a dicha entidad libera plenamente al Cliente frente a la Prestadora.
El cargo puede figurar en el extracto bancario del Cliente con el descriptor RESIDENCIA GLOBAL.
El comprobante fiscal correspondiente lo emite la Prestadora en su propio nombre y se remite al Cliente por correo electrónico. El justificante de pago generado por el proveedor de servicios de pago acredita el abono, pero no tiene la consideración de factura.
Pago fraccionado. Cuando así se haya ofrecido en el presupuesto, el Cliente puede abonar los honorarios en tres o cuatro plazos. El primero vence al aceptar el encargo y los siguientes cada 30 días naturales. El calendario concreto, con el importe de cada plazo, figura en la página de aceptación y se acepta expresamente en ella; esa aceptación constituye reconocimiento de la deuda por el importe total del encargo.
Pago al contado. Si el Cliente abona la totalidad antes del vencimiento del primer plazo, se aplica un descuento del 5 % sobre el importe del encargo.
Retraso. Transcurridos 15 días naturales desde el vencimiento de un plazo sin haberlo abonado, se devenga sobre ese plazo un recargo equivalente al 5 % de su importe, cuantificado en euros en el propio calendario aceptado, y el importe pendiente del encargo vence anticipadamente en su totalidad, pudiendo reclamarse de una sola vez. Antes de que ello ocurra la Prestadora remite al Cliente un aviso con el enlace de pago.
La falta de pago no exime a la Prestadora de sus deberes deontológicos ni justifica el abandono de un asunto en curso: la interrupción del servicio, si procede, se comunica con antelación suficiente para que el Cliente no sufra indefensión.
Los servicios se prestan en régimen remoto, salvo aquellas actuaciones que por su naturaleza requieran presencia en otra jurisdicción, en cuyo caso se realizan por profesionales habilitados en ella, que contratan directamente con el Cliente.
Los servicios que consistan en videollamada se documentan mediante resumen escrito remitido al Cliente con posterioridad.
El Cliente se obliga a facilitar información veraz y completa, así como la documentación que le sea requerida. La Prestadora no responde de las consecuencias derivadas de información inexacta, incompleta o extemporánea facilitada por el Cliente.
Los servicios contratados son de medios y no de resultado.
La Prestadora no garantiza ni puede garantizar la obtención de una resolución favorable, la concesión de una autorización, ni plazo alguno de resolución por parte de la Administración, cuyos tiempos y criterios no dependen de ella.
Cualquier estimación de plazos que se facilite tiene carácter meramente orientativo.
El Cliente que tenga la condición de consumidor dispone de un plazo de catorce (14) días naturales desde la celebración del contrato para desistir sin necesidad de justificación ni penalización, comunicándolo a info@residenciaglobal.com.
Excepción. Si el Cliente solicita expresamente que la prestación comience antes de que finalice dicho plazo y reconoce que perderá su derecho de desistimiento una vez el servicio haya sido íntegramente ejecutado, no cabrá desistimiento a partir de ese momento.
Si el servicio se hubiera iniciado pero no completado, el Cliente abonará la parte proporcional a lo efectivamente prestado.
El reembolso se efectuará por el mismo medio de pago empleado, dentro de los catorce días naturales siguientes a la comunicación.
Toda la información facilitada por el Cliente queda amparada por el secreto profesional de la abogacía y por el deber de confidencialidad, sin límite temporal.
La Prestadora responde de los servicios que presta directamente, con arreglo a la normativa profesional y deontológica que le resulta aplicable.
Los servicios prestados por profesionales habilitados en otras jurisdicciones se contratan directamente entre estos y el Cliente, y su responsabilidad es individual. La Prestadora coordina la actuación pero no la sustituye ni garantiza.
Las reclamaciones pueden dirigirse a info@residenciaglobal.com y serán atendidas en el plazo más breve posible.
En relación con la actuación profesional de la Prestadora, el Cliente puede dirigirse al Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma.
Los consumidores residentes en la Unión Europea disponen asimismo de los mecanismos de resolución alternativa de litigios previstos en su normativa nacional.
Estas condiciones se rigen por la ley de la República Oriental del Uruguay.
Cuando el Cliente tenga la condición de consumidor con residencia habitual en un Estado miembro de la Unión Europea, resultarán de aplicación las disposiciones imperativas de protección al consumidor de su país de residencia, y podrá acudir a los tribunales de dicho país. La elección de ley anterior no puede privarle de esa protección.